“yo no digo lo que digo porque este en la oposición, sino que estoy en la oposición porque creo en lo que digo”. Carlos Gaviria Díaz.
Por: LEONARDO REALES CHACON.
Doctor en Derecho.
El contenido de un auto proferido el día 23 de junio del 2016 por el despacho de la Procuraduría Regional del Atlántico termino por convertirlo en el eslabón perdido y la prueba reina para que el Procurador General ordenara retrotraer el proceso disciplinario de responsabilidad de 16 concejales del Distrito que aprobaron en el 2015, la doble tributación a la telefonía móvil celular en Barranquilla.
La audiencia de este 5 de abril reabre lo que ya se creía finiquitado con la decisión del pasado 30 de diciembre en donde se ordenó la absolución de 16 concejales del Distrito de Barranquilla, decisión que les permitió “comer felices“ en el fin de año “como en la increíble historia de las perdices” de Martin Crespi.
Lo interesante de este proceso disciplinario es que ya era un “caso cerrado” tanto para la comunidad barranquillera como para los concejales responsables de aprobar el mencionado tributo. Pero luego de un acucioso estudio probatorio, producto de la dedicación puesta a la lectura de mas de 1200 folios que contiene el expediente, y el cual fue presentado ante el mismo Procurador General de la nación Fernando Carrillo Flórez, permitió que ese despacho ordenara retrotraer la decisión y de contera se subsanara la irregularidad sustancial procesal evidenciada con el auto citado y que no permitió que uno de los dos quejosos, el ciudadano Vergara Carbo, pudiera hacer uso del derecho de controvertir la decisión.
Esta decisión que hoy devuelve al patíbulo o cadalso a los 12 concejales y ordenada por el funcionario de mayor rango del órgano disciplinario reabre no solo la gran posibilidad de que mediante la oportunidad procesal de apelar la decisión inicial pueda ser resuelta por el mismo Procurador General de la Nación, apelación que perseguirá por la lógica del recurso mismo que se revoque la decisión y se halle responsable a los sujetos procesales, sino que también terminara por aportar mayores fundamentos para que en sede administrativa el juez de lo contencioso declare la nulidad del Acuerdo No. 0019 del 2015 que grabo los servicios de telefonía en el distrito de Barranquilla.
La esencia misma de la procuraduría como ministerio público será entonces en estudiar los argumentos que se presente y demostrar la responsabilidad de los ediles al momento de aprobar el acuerdo teniendo en cuenta si el deber funcional sustancialmente y que debieron desplegar previamente, se desarrolló de conformidad con el ejercicio del deber legal de aprobar impuestos Pero aquellos que son producto de autorización previa del legislador.
Por: LEONARDO REALES CHACON.
Doctor en Derecho.
El contenido de un auto proferido el día 23 de junio del 2016 por el despacho de la Procuraduría Regional del Atlántico termino por convertirlo en el eslabón perdido y la prueba reina para que el Procurador General ordenara retrotraer el proceso disciplinario de responsabilidad de 16 concejales del Distrito que aprobaron en el 2015, la doble tributación a la telefonía móvil celular en Barranquilla.
La audiencia de este 5 de abril reabre lo que ya se creía finiquitado con la decisión del pasado 30 de diciembre en donde se ordenó la absolución de 16 concejales del Distrito de Barranquilla, decisión que les permitió “comer felices“ en el fin de año “como en la increíble historia de las perdices” de Martin Crespi.
Lo interesante de este proceso disciplinario es que ya era un “caso cerrado” tanto para la comunidad barranquillera como para los concejales responsables de aprobar el mencionado tributo. Pero luego de un acucioso estudio probatorio, producto de la dedicación puesta a la lectura de mas de 1200 folios que contiene el expediente, y el cual fue presentado ante el mismo Procurador General de la nación Fernando Carrillo Flórez, permitió que ese despacho ordenara retrotraer la decisión y de contera se subsanara la irregularidad sustancial procesal evidenciada con el auto citado y que no permitió que uno de los dos quejosos, el ciudadano Vergara Carbo, pudiera hacer uso del derecho de controvertir la decisión.
Esta decisión que hoy devuelve al patíbulo o cadalso a los 12 concejales y ordenada por el funcionario de mayor rango del órgano disciplinario reabre no solo la gran posibilidad de que mediante la oportunidad procesal de apelar la decisión inicial pueda ser resuelta por el mismo Procurador General de la Nación, apelación que perseguirá por la lógica del recurso mismo que se revoque la decisión y se halle responsable a los sujetos procesales, sino que también terminara por aportar mayores fundamentos para que en sede administrativa el juez de lo contencioso declare la nulidad del Acuerdo No. 0019 del 2015 que grabo los servicios de telefonía en el distrito de Barranquilla.
La esencia misma de la procuraduría como ministerio público será entonces en estudiar los argumentos que se presente y demostrar la responsabilidad de los ediles al momento de aprobar el acuerdo teniendo en cuenta si el deber funcional sustancialmente y que debieron desplegar previamente, se desarrolló de conformidad con el ejercicio del deber legal de aprobar impuestos Pero aquellos que son producto de autorización previa del legislador.
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