En Barranquilla el taxi-colectivo se ha convertido en una alternativa de transporte que avanza con fuerza, pese a ser un servicio de transporte ilegal. El número de pasajeros que utiliza este tipo de servicio va en aumento por las limitaciones y variantes constantes en las rutas del transporte público en la ciudad.
En este sentido el uso de los taxis-colectivos se ha presentado como una solución "rápida" y "cómoda" para los usuarios. La tarifa es la misma que se paga en los buses y los taxis funcionan con rutas específicas en calles principales de Barranquilla.
Caos total
Si ya el problema de movilidad en Barranquilla es grave, hay que sumarle que en muchas calles principales funciona el transporte ilegal de los taxis-colectivos. El caos que los conductores de estos taxis generan cuando están buscando clientes o embarcando y desembarcando en cada esquina es insoportable.
Sanciones
Según el artículo 48 del decreto 3366 de 2003, los conductores que incurran en esta práctica de transporte ilícito pueden ser sancionados con la inmovilización del vehículo implicado, la primera vez por el término de cinco días; la segunda vez, veinte días, y por tercera vez, cuarenta días. La reincidencia da inmovilización de 20 días y multa de 5 salarios mensuales legales vigentes $2.947.500.
Pese a los anunciados trabajos por parte de la Secretaria de Movilidad del Distrito esta problemática no ha desaparecido y por el contrario sigue extendiéndose en todos los sectores.
En este sentido el uso de los taxis-colectivos se ha presentado como una solución "rápida" y "cómoda" para los usuarios. La tarifa es la misma que se paga en los buses y los taxis funcionan con rutas específicas en calles principales de Barranquilla.
Caos total
Si ya el problema de movilidad en Barranquilla es grave, hay que sumarle que en muchas calles principales funciona el transporte ilegal de los taxis-colectivos. El caos que los conductores de estos taxis generan cuando están buscando clientes o embarcando y desembarcando en cada esquina es insoportable.
Sanciones
Según el artículo 48 del decreto 3366 de 2003, los conductores que incurran en esta práctica de transporte ilícito pueden ser sancionados con la inmovilización del vehículo implicado, la primera vez por el término de cinco días; la segunda vez, veinte días, y por tercera vez, cuarenta días. La reincidencia da inmovilización de 20 días y multa de 5 salarios mensuales legales vigentes $2.947.500.
Pese a los anunciados trabajos por parte de la Secretaria de Movilidad del Distrito esta problemática no ha desaparecido y por el contrario sigue extendiéndose en todos los sectores.
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